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Como explicar que es el subsidio por excarcelación y no morir en el intento...



Cuando se sale de prisión, es evidente que reanudar una vida más o menos ordenada y el afrontar los primeros gastos tras la excarcelación puede ser complicado y asfixiante para alguien que sale con una mano atrás y otra delante, como decimos por aquí. Si ya cuesta encontrar trabajo a cualquiera, imaginaos cuando se está estigmatizado socialmente.


En una de las clases donde expuse cuestiones relativas al trabajo social penitenciario en la Facultad de Trabajo Social de la UAL, al llegar al punto referente a este tipo de ayuda asistencial, algunos alumnos discutían conmigo como era posible dotar de una ayuda a personas que han cumplido una condena, viendo estos la ayuda más como una recompensa por sus malas acciones hacia el resto de la sociedad que como un castigo. Daban por hecho que muchos usuarios cometerían ciertos delitos pequeños con el objetivo de luego vivir subvencionados. 
De manera surrealista asentía incrédulo a estas críticas, pensando sí en vez de estudiar Trabajo Social estaban cursando Antitrabajo Social...





Paso a explicaros mi humilde explicación o defensa de esta ayuda, ante una minoría (menos mal, pensé) del alumnado, posicionada por ir en contra de este tipo de subsidio:


- Primero. Desmitificar el que la cobraban todos/as los/as internos/as por el hecho de haber estado en prisión. Solamente se cobra si han estado más de 180 días, no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo, deben carecer de rentas superiores al 75% del SMI, además de no poder rechazar ningún tipo de oferta que se les ofrezca tanto de colocación como formativa. 
Algunos ya iban perfilando la tipología de usuarios que finalmente pueden acceder a este tipo de subsidio y las posturas se van relajando. Queda claro que todo el mundo no la cobra por el mero hecho de haber estado entre rejas.


-Segundo. ¿Cuantos años se van a tirar viviendo del cuento hasta que se les acabe el chollo? pregunta inaudita de otro estudiante. 
Se cobra seis meses, que se pueden prorrogar hasta 18 meses en total. La cuantía es el 80% del IPREM, rondando actualmente los 426 euros mensuales ¿Crees sinceramente que una familia vivirá plagada de lujos con esta exhorbitante cantidad de dinero en su cuenta corriente? Primero risas y luego silencio...


-Tercero. Ni os cuento cuando explico que pueden cobrar este subsidio también los menores liberados de centros de internamiento que han cometido algún delito, sí cuando salen son mayores de 16 años o las personas que consiguen su alta terapéutica tras concluir su tratamiento en algún centro de deshabituación como medida sustitutiva del cumplimiento de su condena.


- Cuarto y más espinoso punto. La Instrucción de la SGIP 2/2014, que en resumen os informo que acota, y prácticamente hace casi imposible que puedan acogerse a esta ayuda las personas que han cumplido delitos de tipo terrorista, bandas criminales, relativos a la prostitución y pederastia. Para acogerse a estas, aparte de pedir expresamente perdón a sus víctimas (cosa que personalmente me parece correcta) deben satisfacer la responsabilidad civil que conllevan sus condenas. Os podéis hacer una idea de la cantidad de dinero que se les está exigiendo a la hora de cuantificar económicamente este tipo de indemnizaciones. ¿Pensáis que es justo que unas personas puedan acogerse y otras no después de haber cumplido con la sociedad, cumpliendo su correspondiente condena? ¿Porqué un terrorista X no y un terrorista dentro de un hogar o asesino violento de género sí? ¿Donde está el límite? 


           ...Ahora sí que se lía "la marimorena"...




                                                       





Comentarios

  1. La verdad es que lo que pensaban los alumnos es normal. Es lo que se tiende a pensar porque es lo que mamamos desde siempre, lo qu esta sociedad nos mete en la cabeza.
    Comparto el artículo, me parece muy importante que esto se sepa.

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    1. Llevas mucha razón Carolina, son jóvenes y están formando su personalidad e ideas y aún muy influenciados por lo que maman en sus casas y del resto de una sociedad individualista que valora solamente el éxito y por lo general, rechaza lo que es diferente. Saludos

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  2. Les dan 18 meses de subsidio, prorrogables cada 6, básicamente porque haber estado en la cárcel (al menos 6 meses) y ya. Ese subsidio se supone es una ayuda para la reinserción al mercado laboral, pero durante ese tiempo el beneficiario ni se molesta en buscar trabajo, por mucha generalización que esto sea (las estadísticas están ahí y el ratio de quienes encuentran trabajo a lo largo de esos 18 meses es paupérrimo).

    Luego, con un 'poco de suerte', dependiendo de la edad, enganchan el subsidio por excarcelación con el Prepara y/o la RAI y/o el PAE, pudiendo estar literalmente años cobrando prestaciones públicas por haber estado en la cárcel...

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    1. Respeto tu opinión, es más, se que mucha gente opina más o menos lo mismo, pero la legislación actual es la que tenemos, y este tipo de ayuda, se crea en definitiva, para que las personas no salgan con una mano detrás y otra delante, y así evitar el que vuelvan a delinquir para poder sobrellevar los primeros gastos tras su salida al exterior...
      Que hay usuarios, e incluso, familias enteras, cronificadas eternamente en la consecución de ayudas sociales y económicas, efectivamente que sí!, pero no sólo los que están en prisión, hay mucho trabajador en "B" (un ejemplo) que se las apaña de maravilla y nunca ha pisado el talego...
      Saludos

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    2. Claro, como unos hacen 'chanchulleos', eso legitima que otros también lo hagan... Así nos va... Las prestaciones por desempleo (incluyendo el 'paro taleguero', como lo suelen llamar) es una sangría descomunal de dinero público (de todos)...

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  3. Hola buenos días, la verdad que me interesa mucho lo que comentáis! Ahora estoy preparándome las oposiciones para trabajo social en instituciones penitenciarias y me gustaría saber si hay algún tipo de prácticas o voluntariado en prisiones. Gracias y un saludo

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    1. Hola Carmen! Las prácticas que existen en prisión son las de los y las alumnas de Trabajo Social de la Universidad. El voluntariado no lo puedes realizar de manera individual, sino dentro de alguna Asociación que haya firmado el consiguiente convenio con la Secretaria General de instituciones penitenciarias para la realización de algún programa específico. Te ánimo a que sigas estudiando y a ver si pronto empiezan a venir nuevos aires por nuestros centros, que falta que hace.... Saludos!!!

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  4. Hola buenos días, estoy muy interesada en todo lo que publicas! Ahora mismo estoy preparándome las oposiciones de trabajo social en instituciones penitenciarias. Me gustaría saber si hay algún tipo de prácticas o voluntariado en instituciones penitenciarias. Gracias y un saludo

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  5. Hola. Tengo un hijo que ha cumplido condena en un centro de menores de 6 meses y un día, pero en un permiso no volvió he interrumpió la condena 15 días. Los ha cumplido después. Pierde la prestación? Gracias.

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    1. Hola; buenos días. En la realidad penitenciaria, en este hipotético caso, creo que la prestación no se vería afectada, puesto que en el certificado que se expide para la Oficina del SEPE aparecería todo el periodo al completo. Sin embargo, en cuanto a centros de menores infractores, desconozco la forma de proceder a la hora de certificar el tiempo cumplido, pero con toda seguridad será muy parecido. Sinceramente, en el SEPE no creo que tengan para nada en cuenta el tiempo que ha estado tu hijo evadadido... Un saludo!!!

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