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Funciones de los Trabajadores Sociales en Prisión (Versión ampliada y mejorada, creo)



Cuando uno inicia una aventura como la de escribir un blog, vas aprendiendo con el tiempo, intentas no cometer errores, vas adquiriendo cierta soltura con la escritura, las nuevas tecnologías, intentas ser constante, vamos, te comes el coco...

Me llama la atención la gran cantidad de visitas y de aceptación que tiene una de mis primeras entradas, la referida a las funciones de los trabajadores sociales en prisión en la que cometí lo que para mí fué un error (por inexperiencia, por pereza, o por ambas cosas) de copiar y pegar una serie de funciones muy específicas que encontré descritas en un documento (que no están mal tampoco, que conste). Decidí hacerlo ante el número de llamadas que recibíamos en nuestro Departamento por parte de alumnas y alumnos de la Facultad de Trabajo Social que querían conocer nuestra actividad funcional.



                                                   

Una luz se enciende en alguna de mis adormiladas neuronas ¡Actividades, efectivamente...!


Llevo un tiempo dándole vueltas a este asunto que me gustaría aclarar, y es que, realmente es complicada la distinción entre funciones, actividades o tareas. Nuestras funciones serán las mismas que las de cualquier otro profesional que desarrolle su quehacer en cualquiera de la multitud de ámbitos, servicios sociales o actividades profesionales donde podemos trabajar e intervenir. Estas funciones básicamente son las que vendrían recogidas en el Código Deontológico de Trabajo Social. ,el cual se reformó y se publicó por última vez en 2012. Las puedes visualizar en el enlace.


En cualquier centro de trabajo, sea cual sea nuestro puesto o nuestro cargo, se desprenderán diferentes funciones, las cuales se lograrán gracias a la realización de algunas actividades encaminadas para el logro de las mismas, así mismo también realizaremos diferentes tareas para el cumplimiento de cada una de las actividades con el objetivo de llevar a cabo bien una función determinada en la organización.
Estas diferentes acciones están muy ligadas, pero no son lo mismo. Existe una linea muy fina entre unas y otras y pueden llevarnos a confusión. La verdad es que es un lío de muy señor padre...

Ciertamente no existe un catálogo de funciones claras en ningún documento oficial, Instrucción o Circular  de la SGIP, sí de actividades en el manual de Procedimiento de actuación de Trabajo Social. Las funciones aparecían en el Primer Convenio Único del Personal Laboral de la AGE de manera somera. En nuestro Departamento no nos ponemos de acuerdo respecto a este tema y es que nuestras funciones/actividades (según quien interprete esto) son bastante  específicas y especializadas en unos Servicios Sociales "Hiperespecializados". 

Algo parecido pasaría con la figura del/la Coordinador/a de Trabajo Social que surge en 2001, no sin suscitar recelos y cierta polémica. Este puesto de trabajo se crea sin una fundamentación clara y sin unos cometidos propios. Han sido, como bien me dijo el otro día mi primera Coordinadora, de la cual yo aprendí muchísimo durante mis primeros años en estas casas: "En el caso de nuestro colectivo determinadas generaciones de trabajadores sociales NOS INVENTAMOS un quehacer a base de buen criterio y autoexigencia de profesionalidad. Dependiendo de las habilidades de cada cual cada uno ha encontrado un espacio en el que trabajar". 

  
Un día en el Coliseo: así eran los combates de gladiadores
Muchas/os de las/os profesionales se sienten literalmente "echados a los leones"
            
Por lo tanto, nuestras funciones irán en función de los objetivos marcados, siendo el Objetivo general del Trabajo Social Penitenciario:

“Potenciar la integración social de los internos y liberados en su comunidad”


Y ya, en función de los Objetivos específicos:

-Atender las situaciones de carencias o déficit sociales.

- Paliar los efectos negativos que pueda producir el internamiento en Prisión.

- Fomentar y potenciar la vinculación entre los internos y sus familias.

- Facilitar el acceso a los recursos comunitarios.

- Capacitar a los internos para su incorporación al contexto familiar y social.

- Apoyo en el Tratamiento de los que se integran en programas específicos.

- Desarrollar, de forma coordinada en la comunidad, programas orientados en la implicación de esta hacia la reinserción de los reclusos.


No obstante, sean tareas, sean  actividades, sean funciones, ... lo verdaderamente importante a la hora de poder alcanzar los objetivos marcados (dificilísimos, es lo que tiene trabajar con personas y un entorno variables) son ganas, una formación adecuada para movilizar al interno y a la comunidad, y por supuesto, salud para hacerlo...

Un saludo  



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