Ir al contenido principal

Vivir en un sinvivir...



Estas últimas semanas he estado interviniendo en varios casos que me han producido cierta desazón y me han alertado de una manera inquietante, relacionados con la violencia ejercida de hijos hacia sus padres, entre hermanos, e incluso, de nietos hacia sus abuelas.

Los casos de violencia de género están a la orden del día, pero la violencia filioparental se está multiplicando a un ritmo desenfrenado, seguramente por los diferentes hábitos educacionales producidos en los últimos años (criando y acostumbrando a nuestros hijos a todo tipo de extras, sin que estos les supongan el menor esfuerzo, por ejemplo), pero también por la mayor concienciación de algunos padres de que la solución para un problema al que no se le ve final, es la de denunciar a sus propios hijos o hijas ¿Duro no?

Cottrell entiende este tipo de maltrato como "cualquier acto de los hijos que provoque miedo en los padres y que tenga como objetivo hacer daño a estos". Distingue varias dimensiones, tales como el maltrato físico, psicológico, emocional y el financiero. Es este último, uno de los que más me llama la atención, y quizás el que más incidencia se dé entre los menores, y por descontado, entre los mayores condenados por este tipo de delitos. Puede ser sin lugar a dudas y en la amplia mayoría de casos, la génesis que degenerará posteriormente hacia los otros tipos de maltrato conocidos.

Generalmente al ser un tema tabú que queda dentro del ámbito familiar, será la denuncia el final de un calvario cuyas características vendrán marcadas por la negación, la vergüenza y/o la culpabilización de una situación que ven como se les escapa de las manos. Teniendo en cuenta que es un fenómeno relativamente nuevo, y lo complicado que es sacar del hermetismo a una familia para que reconozca que tiene un grave problema, esto ocasionará mayores handicaps a la hora de intervenir en estos tipos de casos a los profesionales implicados.

En el caso de los menores de 14 años, al carecer de responsabilidad penal, como marca la actual Ley 5/2000 del Menor, la solución pasará irremediablemente por la declaración de desamparo, para que sea la administración la que asuma la tutela del menor agresor. Para los menores mayores de esta edad, será su paso a disposición judicial, y la posterior entrada en los centros y/o programas de reforma, la conclusión del proceso.



                                             Resultado de imagen de violencia filioparental


Pero, ¿Y cuando este tipo de violencia se perpetúa o se cronifica por años, pasando el, o la menor, a ser adultos, y con ello, a ingresar en prisión?

De esto es lo que quería hablaros al principio de este post, ya que en este último mes ya he tenido dos casos muy significativos de delitos de violencia en el ámbito doméstico con sendas ordenes de alejamiento aparejadas.

A la hora de intervenir con los usuarios intramuros y con los de extramuros, el patrón que suelen seguir es muy parecido, la madre (principal damnificada ante este tipo de delitos) que se interesa por el estado de su hijo con cierto sentimiento de culpabilidad, a la vez que de alivio y miedo, por lo que pueda deparar el futuro. El hijo maltratador por su parte, se queja por como su familia lo ha encerrado, pero por otro lado, y a sabiendas del daño que ha cometido, intentará por todos los medios no caer en el olvido haciendo saber a su familia sea como sea que está allí encerrado por culpa de estos.
Debemos ser muy cautos, pues a veces intentarán utilizarnos como mensajeros hacia el exterior o viceversa. Tampoco me parecería extraño que utilicen a otros internos o compañeros del módulo para mantener contacto con su familia de las formas más variadas e inverosímiles.

Y ahí quedamos los profesionales en medio de este tinglao, recibiendo información por ambas partes y, obviamente, sin poder compartirla con unos y con otros, ya que debemos atenernos a la orden de alejamiento impuesta judicialmente y que nos obliga a no poder traspasar esta linea de fuego imaginaria, sorteándola con mucho, muchísimo tacto.

Es más, teniendo en cuenta que este tipo de condenas son, por lo general, más bien cortas (si es larga, malo), el horizonte temporal a la hora de llevar a cabo una intervención medianamente seria y eficaz se hace cuesta arriba, y si a esto sumamos la negativa de estos a someterse de manera voluntaria a cualquier tipo de programa, ¡apaga y vámonos!



 Ufff, sofocante y agotador,...



                                  




                                       
                                                " Solo te pegan hasta que lloras,
                                            después de eso, no preguntas por qué"

                                        

Comentarios

  1. Una vez mas me encanta!se ve que haces lo que te gusta con cada palabra!!
    Me gustaria saber cuando salen las oposiciones de trabajo social en inst penienciarias,tengo entendido que es personal laboral y en la OEP no salia nada solo ayudantes,facultativos,.....eso quiere decir que mo habran???gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchas gracias, a mi me encanta que te encante...jajaja..
      Efectivamente somos personal laboral de la AGE. A fecha de hoy no tengo noticias aún de que vayan a salir oposiciones ya, pero se oyen ciertos ecos de que no tardarán mucho. En cuanto haya noticias al respecto, no te preocupes pues haré alguna mención o entrada extra con la información al igual que informaré mediante la pagina de facebook.
      Un saludo y feliz verano...

      Eliminar
  2. Manuel No te desalientes, desde mi experiencia en el Poder Judicial te diré que los casos más difíciles de atender me parecen los de violencia familiar, pero creo que estás haciendo una gran labor y tienes una vocación para ello. Desde Perú te envío un gran abrazo!
    Änimo!
    T.S: Nancy Falconí

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Como tu bien dices, son esos casos de violencia ejercida dentro de un hogar dificilísimos de abordar por la gran cantidad de afectos, odios, secretos, etc que quedan dentro de la intimidad más absoluta, y que tanto cuestan exteriorizar y mucho más denunciar... Amén de otros aspectos menos sentimentales e igualmente importantes... Gracias por los ánimos y un saludo;)

      Eliminar

Publicar un comentario

Admito críticas de todo tipo, no te cortes....

Entradas populares de este blog

funciones de los trabajadores sociales en prisión

Ante la avalancha de futuras/os Trabajadoras/es Sociales ( alumn@s de la Escuela de Trabajo Social de Almería) que están contactando con nuestro Departamento para interesarse por las funciones que desempeñamos dentro del Centro Penitenciario voy a poner un breve resumen de las funciones que vendrán recogidas dentro de la  Instrucción 15/2005 de la DGIP , que establece el Protocolo de Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias.  Ahí va un breve resumen: Las  FUNCIONES de los/as Trabajadores/as Sociales Penitenciarios son: ·         Conocer la situación socio-familiar y laboral de cada usuario. ·         Detectar carencias y necesidades sociales y personales y elaborar el diagnóstico social. ·         Participar en la elaboración de los programas individuales de tratamiento, en los aspectos socio-familiares, así como en su evaluación. ·         Ejecutar los procedimientos del Manual de las líneas básicas de actuación de Trabajo Social, tanto en el Departament

¿Qué es un CIS?

Siendo más práctico que teórico, hoy aprovecharé la ocasión para matar dos pájaros de un tiro y compartir con vosotros las líneas y principios generales de los CIS o Centros de Inserción Social, ya que estoy recibiendo un curso sobre este tipo de recursos que voy a tratar de resumir de forma muy breve y lo más amena posible. ¿Qué son los CIS? Son establecimientos penitenciarios donde se pueden cumplir penas privativas de libertad en régimen abierto, además de llevar el seguimiento de otro tipo de penas no privativas de libertad tales como el Trabajo en Beneficio de la Comunidad , las Penas de Localización Permanentente (o medida de arresto domiciliario) o las Suspensiones de Ejecución de la condena (suspendiendo la condena a cambio de realizar algún tipo de terapia o taller educativo). También se lleva el seguimiento y control de los liberados condicionales que se tengan asignados. CIS de Palma                                                                        

UNA "PRÁCTICAS" EN PRISIÓN

11 de diciembre. Por fin termina una larga espera de 4 años. Mucha gente me había dicho: ¿Estás loca? ¿Prácticas en la cárcel? ¡Qué miedo! Pero ahí estaba: impaciente, nerviosa, ilusionada… Comenzaba para mí el último pasillo por recorrer y así,  acercarme un poquito más al objetivo de ser trabajadora social. El primer día estuvo llen o de presentaciones, de explorar y observar al máximo todo lo que me iba encontrando. Todo ello, vino de la mano de mi tutor (al que le debemos este blog) y él, fantástico como siempre, me recibió con las mismas ganas e incluso más que yo a él. Este sería el inicio de un aprendizaje basado en la profesionalidad, la experiencia y la diversión. Porque con él es imposible que no te rías al menos 10 veces en la mañana, y eso que queréis que os diga se agradece un montón. Al principio iba desorientada, no conocía el funcionamiento de la prisión y además vas con una imagen de ella sacada de película (aunque yo no sé qué pelis verá la gente porque en las

GRADOS PENITENCIARIOS versión express...

ATENCIÓN: Si trabajas en un Centro Penitenciario, este post no te va a aportar nada que no conozcas, va dirigido más bien a personas ajenas a este medio ¿porqué? Compruébalo tú mismo/a....   Este post está dedicado a comentar o a aclarar a compañeros/as y colegas de los distintos organismos o administraciones con quienes nos coordinamos a diario el tema de los grados penitenciarios. Es lógico que haya dudas  al respecto, incluso entre profesionales que se coordinan con familiares de internos ya que no es fácil controlarlo todo.  Me consta que la acepción "grados" se refiere a múltiples asuntos: temperatura, levedad o no de un esguince, grados sísmicos, etc..., incluso al régimen penitenciario aplicado a los presos. Bromas aparte, es muy común tener que aclarar vía telefóno que, por ejemplo, un segundo grado es menos "beneficioso" que un tercer grado, u otras cosas parecidas. La clasificación tendrá en cuenta no sólo la personalidad y el historial individual,